Abogados de divorcio y familia

familia

Los abogados de familia son aquellos especialistas en esta área concreta del derecho: el derecho de familia.

Derecho de familia es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que la integran, entre sí y respecto de terceros.

Aunque es un ámbito del derecho más amplio, lo cierto es que la gran mayoría de las consultas que reciben nuestros abogados de familia, son las relativas a casos de divorcio y separación.

Las separaciones, o los divorcios no solo implican el cese de la convivencia de la pareja, si no que de este hecho se desprenden una serie de consecuencias de gran relevancia. Por ejemplo, en los casos en que estemos ante un divorcio con hijos en común, será necesario establecer un régimen de custodia, una pensión de alimentos etc.

Por eso, para iniciar el proceso de divorcio, es preciso contar con los servicios de un abogado matrimonialista que asesore al cliente de forma previa y durante todo el proceso hasta obtener la sentencia de divorcio.

llamar a un abogado de divorcios en Pamplona

Diferencia entre una separación y un divorcio

La separación es una figura jurídica pensada para que los cónyuges tengan la oportunidad de reflexionar sobre la ruptura temporal o definitiva de su matrimonio, engloba dos vías:

  • Separación de hecho: cuando se da el cese de la vida en común sin más
  • Separación de derecho: materializada de acuerdo con lo que se establece legalmente. La separación de derecho a su vez puede diferenciarse entre:

a. De común acuerdo, existente cuando ambos cónyuges plasman los acuerdos por los que se va a regir la nueva situación, tomados de común acuerdo, en un convenio regulador que se presenta ante el Juez.

b. Contencioso, cuando no existe acuerdo entre los cónyuges, lo que obliga a que sea el Juez quien decida sobre los acuerdos que van a regir la nueva situación de separación.

La separación conlleva una serie de nuevos acuerdos, relativos tanto al reparto de bienes en común como las relacionadas con los hijos menores en común, si los hubiera: custodia, pensión de alimentos, régimen de visitas...

Es importante señalar que la separación no rompe el vínculo matrimonial del todo, principal diferencia con respecto al divorcio. Por ello, como decíamos unos párrafos más atrás, se considera que es una figura transitoria, cuando el matrimonio aún no tiene claro si quiere separarse de forma definitiva o no. En caso de que así fuera transcurrido el tiempo, lo recomendable es que iniciasen un proceso de divorcio.

A diferencia de la separación (que supone una interrupción del vínculo matrimonial), el divorcio es la figura jurídica que anula la existencia del matrimonio a través de un contrato celebrado ente dos personas.

En este caso, el matrimonio desaparece con todo el efecto que ello conlleva, pudiéndose contraer nuevamente matrimonio, por separado, cualquiera de los cónyuges, o incluso volviendo a contraer nuevo matrimonio entre los mismos.

¿Es necesario separarse antes de iniciar el divorcio?

No. En la actualidad, y desde hace muchos años, no es necesario que exista un proceso de separación previa. Si los cónyuges, o uno de ellos tiene claro que desea romper el vínculo matrimonial de forma definitiva, lo mejor es que solicite directamente el divorcio.

Hay que tener en cuenta eso sí, que, salvo circunstancias excepcionales contempladas en la ley, es preciso que transcurra un plazo mínimo de tres meses desde que se contrajo matrimonio hasta la solicitud del divorcio.

¿Hay que alegar alguna causa de divorcio?

En absoluto. Si bien con anterioridad era necesario alegar una causa para la solicitud del divorcio, en la actualidad basta simple y llanamente con que uno de los cónyuges manifieste su voluntad de no seguir casado.

Por lo demás, al igual que la separación, el divorcio puede ser de mutuo acuerdo o contencioso y viene a producir similares efectos, dependiendo de la existencia de acuerdo o no entre los cónyuges con respecto al propio hecho de divorciarse y, además, por las medidas que deberán tomar de carácter tanto familiar como patrimonial.

Los tipos de divorcio: divorcio de mutuo acuerdo o divorcio contencioso

Como comentábamos, una de las formas más habituales de distinguir los distintos tipos de divorcios es teniendo en cuenta la predisposición para alcanzar acuerdos en común de los cónyuges o no.

De esta forma, cuando los cónyuges están conformes con divorciarse y, además, con la adopción en común de una serie medidas, nos encontramos ante un divorcio de mutuo acuerdo.

El divorcio exprés es un divorcio de mutuo acuerdo más rápido, cómodo y económico para los cónyuges. Eso sí, para que sea posible tramitar su divorcio a través de esta modalidad, es preciso que haya acuerdos en todas las medidas que deban adoptarse. Para este tipo de divorcio, el matrimonio puede ser representado por un único abogado en común, lo que acelera su tramitación y reduce los costes del proceso.

Por contra, cuando no existe acuerdo entre el matrimonio con respecto al divorcio y las medidas a alcanzar, estaremos ante un proceso de divorcio contencioso. Se trata de un proceso más costoso, tanto desde el punto de vista de la duración como el económico, ya que cada uno de los miembros del matrimonio deberá ir representado por un abogado distinto y es muy probable que se requieran los servicios de otros expertos como peritos etc. lo que incrementa el coste del procedimiento.

Qué duda cabe que, como abogados, abogamos siempre que sea posible por que el divorcio sea de mutuo acuerdo, ya que es un proceso mucho más cómodo para todos. El divorcio amistoso con hijos siempre debería ser la primera opción para cualquier matrimonio. Por ello, una de nuestras labores como abogados es la de mediar entre la pareja con el objetivo de alcanzar acuerdos consensuados, equilibrados y justos para todas las partes.

Acuerdos prematrimoniales

Los acuerdos o régimenes matrimoniales se establecen bien de forma previa al matrimonio, o bien durante la vigencia de este. En estos acuerdos se regula el régimen económico del matrimonio y afecta al reparto de bienes futuro, en caso de divorcio.

En España, básicamente existen dos tipos de acuerdos tipo, aunque pueden existir más variantes: régimen de gananciales y separación de bienes.

  • El régimen de gananciales implica que cada cónyuge tendrá sus propios bienes, si son previos al matrimonio y un patrimonio ganancial, que será todo aquel que ganan durante la vigencia del matrimonio, aportando indistintamente por un cónyuge u otro.
  • El régimen de separación de bienes sin embargo, es aquel en el que además de los bienes privativos adquiridos de forma previa al matrimonio, cada uno de los cónyuges también poseerá la propiedad privativa sobre los adquiridos durante la vigencia del mismo, con la salvedad de algunos como pudieran ser la vivienda familiar, ajuar familiar etc.

Si necesita asesoramiento sobre los distintos regímenes matrimoniales y las características e implicaciones de cada uno, o bien desean redactar algún tipo de contrato prematrimonial, los abogados de familia serán quiénes puedan ayudarle a resolver todas sus dudas al respecto.

Sus abogados matrimonialistas en Pamplona

Nuestros abogados de familia de Pamplona son expertos en Derecho de Familia, y, específicamente, en procesos de divorcio. Por eso, si se está planteando el divorcio y tiene dudas sobre cómo proceder, o bien ya se ha divorciado pero tiene consultas acerca de los acuerdos de divorcio, no dude en contactarnos para recibir asesoramiento legal profesional.

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