DERECHO PENAL

DERECHO PENAL

Identificado con aquella rama del Derecho Público que regula la potestad punitiva del Estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena, medida de seguridad o corrección, como consecuencia, con el objetivo de asegurar los valores sobre los que descansa la convivencia social, el Derecho Penal ha venido a convertirse, quizá, en la materia más sensible dentro del Ordenamiento Jurídico.

Hoy en día ha pasado a convertirse en el centro de nuestra actualidad informativa, mas, no es lo mismo observarla desde cierta distancia (ajenos a cuantas derivas trae consigo), que adentrarse en ella porque nos alcanza de lleno.

En este caso, resulta obvio decir que contar con el asesoramiento indicado es fundamental. Es ahí donde entramos nosotros, profesionales que nos dedicamos a ello, que conocemos la experiencia por la cual se rige su estructura procesal, así como, la diligencia debida con la que hay que abordar estos procedimientos.
Adentrarse en una causa penal supone, en la mayor parte de las ocasiones, encontrarse en caminos con distintas direcciones, lo que provoca una manifiesta inseguridad.

Para evitarlo, nuestro despacho de abogados en Pamplona aporta la especialización de la que es acreedor a fin de abordar el procedimiento penal con las máximas garantías, asesorándole y representándole con el mayor de los avales posibles. Y ello tanto si se ve obligado a formar parte de un proceso penal como, si por el contrario, decide por voluntad propia iniciar el mismo.

Desde nuestro despacho de abogados, abarcamos tanto la formulación y sostenimiento de la acusación particular como la defensa legal y procesal de nuestros clientes (objeto de imputación en alguna causa penal).

Principios del Derecho Penal

Entre los principios del derecho penal destacamos.

  • Legalidad: No existe delito ni pena sin una ley previa que los establezca.
  • Culpabilidad: Solo es sancionado quien comete el delito con dolo o culpa, sin responsabilidad objetiva.
  • Proporcionalidad: La pena impuesta debe de ser adecuada a la gravedad del delito.
  • Presunción de inocencia: Toada persona se considera inocente hasta que en un proceso legal se demuestre su culpabilidad.
  • Non bis in idem: Nadie puede ser castigado o sancionado dos veces por el mismo hecho.

Según la gravedad del delito podemos diferenciar entre:

  • Crímenes: Delitos de máxima gravedad (terrorismo, homicidio…)
  • Delitos de gravedad media como robo, fraude…
  • Faltas o conductos menores como pueden ser las infracciones.

Según la intención podemos diferenciar entre delitos dolosos si son cometidos de manera intencionada o culposa si son producto de la imprudencia o negligencia.

En nuestro despacho de abogados Pamplona, nos hemos venido especializando en las siguientes materias.

  • Denuncias
  • Lesiones
  • Alcoholemia
  • Menores
  • Juicios Rápidos
  • Juicios de Faltas

DENUNCIAS

La denuncia es el acto por el que se da conocimiento a la autoridad competente (policía o Ministerio Público) de la existencia de unos hechos que pudieran ser constitutivos de infracción penal.

Cualquier persona que tenga conocimiento de un delito tiene el deber de ponerlo en conocimiento de la autoridad competente o de sus agentes a excepción de:

  • Aquellos individuos que no gocen del pleno uso de su razón.
  • Cónyuge del delincuente no separado legalmente, o de hecho o persona que conviva con ella en relación análoga de afectividad.
  • Ascendientes y descendientes del delincuente.
  • Parientes colaterales hasta segundo grado, inclusive.

La forma de presentación puede ser de oral o escrita, en función de la legislación.
Algunos delitos de acción pública como robo, homicidio, corrupción se investigan de oficio, mientras que las calumnias, injurias requieren de una denuncia por parte de la víctima para que el proceso pueda avanzar.

LESIONES

En derecho penal las lesiones son consideradas como un tipo de delito que se comete cuando una persona causa daño, heridas, contusiones, magulladuras…, a otra sin una gravedad de requerir atención médica prolongada o incapacidad permanente.

Generalmente se considera como un delito menor castigado con multas, sentencias de prisión, programas de rehabilitación o trabajos comunitarios.
En ocasiones el agresor está obligado a pagar una compensación económica a la víctima como ayuda para cubrir los gastos médicos y los relacionados con la recuperación.

ALCOHOLEMIA

Conducir un vehículo de motor estando bajo la influencia del alcohol además de poner en peligro la vida o integridad de otras personas conlleva una responsabilidad legal que va desde una sanción administrativa a un castigo penal por comisión del llamado delito de alcoholemia.

Negarse a la prueba de alcoholemia puede llevar a agravar la posible pena que pueda caer (pena de prisión, privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores o multa según el tipo de delito).

MENORES

El tratamiento de menores en derecho penal está basado en los principios y normas que reconocen su condición de personas en desarrollo.

Todo menor a partir de los 14 años es responsable de sus actos ante la ley, sin embargo a la hora de ser juzgados, establece una serie de condiciones con el fin de defender sus derechos.

A partir de los 18 años y hasta los 21 son juzgados como personas adultas, aunque el artículo 69 del Código Penal señala que se les puede aplicar la ley que regula la responsabilidad penal del menor.

Importante que ante una causa judicial, el niño o adolescente cuente con la asistencia de un buen abogado especializado en los intereses de las personas que todavía no han alcanzado la mayoría de edad

JUICIOS RÁPIDOS

El juicio rápido es un procedimiento judicial diseñado para resolver ciertos casos penales de manera rápida.
Su tramitación exige cumplir una serie de requisitos: evidencia contundente y hechos claros, lo que permite acelerar el proceso sin comprometer a las partes involucradas.

Entre los delitos que se pueden enjuiciar mediante el proceso rápido destacamos: hurto, robo, lesiones, coacciones, delitos contra la salud pública, delitos contra la seguridad del tráfico.

Los juicios rápidos ofrecen una mayor celeridad en la resolución de los casos y reducción del tiempo de detención preventiva, además de una solución eficiente garantizando al mismo tiempo el respeto de los derechos fundamentales.

JUICIOS DE FALTAS

El juicio de faltas es un procedimiento penal especial destinado a la resolución de infracciones consideradas leves, que no alcanzan la gravedad de los delitos comunes como alteraciones en el orden público, infracciones de tránsito menores, etc.

Se caracterizan por ser procedimientos rápidos que no suelen durar más de 30 minutos, en los que tras la denuncia o querella y en cosa de 2 meses se celebra el juicio pero siempre respetando los derechos esenciales como es la defensa y presunción de inocencia.

Los juicios de faltas constan de las siguientes fases: proposición de pruebas, declaración de las partes y conclusión.
En lugar de penas privativas de libertad las sanciones impuestas suelen ser multas o bien medidas correctivas.

No importa dónde ni cuándo, si necesita nuestra ayuda le asistiremos ofreciéndole una amplia defensa en todas las materias penales así como en todas las fases del proceso.
En este tipo de actuaciones resulta esencial tener noticia de su caso cuanto antes, ya que el transcurso del tiempo dificulta, en gran parte de los trámites a efectuar, la imposibilidad de concluirlos con éxito.

No dude en acudir a nosotros ante la primera citación, así podremos trazar su línea de defensa desde un primer momento. El Derecho Penal, uno de nuestros compromisos.