Seguro de responsabilidad civil

Cuando se contrata un seguro de responsabilidad civil, el asegurador se obliga a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero de los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado, conforme a derecho.

El siniestro se determina por el nacimiento de la deuda de responsabilidad, y el asegurador ha de hacer frente a los siniestros ocurridos en el tiempo de duración material de la relación jurídica aseguradora. Pero como a veces es difícil el conocimiento del momento en que se ha producido el siniestro, surgen cláusulas que suelen delimitar temporalmente la cobertura del siniestro teniendo en cuenta el momento en el que se efectúa la reclamación del tercero perjudicado contra el causante del daño o el asegurador.

El tercero perjudicado tiene una acción directa frente al asegurador para exigirle el cumplimiento de la obligación de indemnizar.

Para ciertas actividades es obligatorio el seguro de responsabilidad civil (automóviles, caza, explotadores de energía nuclear.) Si necesita asesoramiento para entender y firmar los seguros que le están ofreciendo, cuente con nuestro equipo jurídico, visite nuestro despacho en Pamplona y nos ocuparemos de todas sus dudas.

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