Trabajadores de ETT

Además de las previsiones específicas con carácter común para todos los trabajadores temporales (controles médicos especiales, medidas de protección y prevención, recibir la formación adecuada, etc.) a los trabajadores contratados por una empresa de trabajo temporal para ser cedidos a una empresa usuaria les resulta de aplicación un régimen especial.

La empresa usuaria es la responsable de las condiciones de ejecución del trabajo en todo lo relacionado con la protección de la seguridad social y la salud de los trabajadores. Además, debe cumplir las obligaciones en materia de información a los trabajadores sobre los riesgos a los que vayan a estar expuestos, informando de la presencia de éstos a los trabajadores designados para ocuparse de las actividades de protección y prevención o, en su caso, al servicio de prevención.

Por otra parte, la empresa de trabajo temporal es responsable del cumplimiento de las obligaciones en materia de formación y vigilancia de la salud respecto de los trabajadores contratados para ser cedidos a la empresa usuaria. Para cumplir este requisito es necesario que, antes de la adhesión de éstos, la empresa usuaria informa a la empresa de trabajo temporal sobre las características propias de los puestos de trabajo a desempeñar y de las cualificaciones que se van a requerir.

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